viernes, 18 de julio de 2014

Curso Prevención de Riesgos FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN



La Orden 16/2013 
concreta en su Art. 6.2 “…se impartirá formación complementaria de carácter modular, relacionada con la alfabetización informática, sensibilización medioambiental y prevención en riesgos laborales,…”,

También la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, establecía en su artículo 10 la obligación de que los trabajadores del sector hubieran recibido la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales, de forma que los trabajadores conozcan los riesgos a los que están expuestos y las medidas para prevenirlos.

El Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción en su capítulo IV contiene la regulación jurídica de la tarjeta profesional de la construcción (TPC), cuya definición viene establecida en el propio texto convencional cuando dice: “La Tarjeta Profesional de la Construcción es el documento expedido por la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN con el objetivo de acreditar, entre otros datos, la formación específica recibida del sector por el trabajador en materia de prevención de riesgos laborales, así como la categoría profesional del trabajador y los periodos de ocupación en las distintas empresas en las que vaya ejerciendo su actividad”.


Como los alumnos trabajadores del módulo de Fábricas de Albañilería tienen que acometer dos actuaciones reales, desde los servicios técnicos municipales, recomiendan que los alumnos asistan al curso de formación impartido por la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN ya que está contemplado por LEY y perseguido por la inspección laboral. Los servicios técnicos recomiendan que operarios de la brigada de obras realicen también dicho curso.

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